Normas de convivencia
Conductas contrarias a las normas de convivencia de carácter leve (resumen):
- Acudir a clase sin el material necesario.
- Acumular tres faltas de puntualidad o asistencia a clase.
- Hablar en clase sin permiso, molestar a los compañeros o hacer ruidos injustificados.
- Levantarse del asiento sin permiso del profesor.
- No trasladar a los padres información verbal facilitada por el profesor.
- La falta de esfuerzo en la realización de las tareas impuestas por el profesor
- Molestar e interrumpir el desarrollo normal de la clase
- Deteriorar las condiciones de higiene del centro o causa daños en sus instalaciones o su materias.
- Incitar a alguien a cometer una falta contraria a las normas de convivencia.
- Negarse a seguir las instrucciones del profesor.
- Dirigirse con incorrección o desconsideracion hacia el profesor o hacia los alumnos.
- Introducir el móvil en el centro.
Conductas contrarias a la convivencia de carácter grave (resumen):
- La repetición de conductas contrarias a la convivencia de carácter leve.
- Salir del centro sin permiso de Jefatura de Estudios en hora de clase.
- Negarse a realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.
- No trasladar a los padres o tutores la información que por escrito sea facilitada.
- Los actos de indisciplina reiterados y la negativa persistente a seguir las indicaciones del profesor.
- Los actos de incorrección o desconsideración hacia el profesor u otros miembros de la comunidad educativa.
- Sustraer o causar daños intencionados a los bienes y materiales del centro y de otros miembros de la comunidad educativa.
- Cualquier conducta contraria que genere una situación de peligro físico o moral para cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Deteriorar de forma intencionada las condiciones de higiene del centro.
- Incitar o estimular a alguien para que cometa una falta contraria a las normas de convivencia.
- Se entiende, asimismo, que cualquiera de las conductas descritas puede ser considerada gravemente perjudicial para la convivencia si revistiese un carácter de especial gravedad.